perjuicio en accidentes de tráfico

El concepto de perjuicio en accidentes de tráfico

A la hora de hablar sobre indemnizaciones de accidentes, el concepto perjuicioes muy usado por los abogados y las aseguradoras. Sin embargo, muchas personas confunden los perjuicios y los daños, y aunque sean términos que están relacionados, realmente no se aplican igual cuando calculamos la indemnización de un accidente.

Una cosa tienen en común daños y perjuicios: si no se producen, no existe obligación de indemnizar. En este sentido, la Responsabilidad Civil que cubren los seguros obligatorios de todos los vehículos lo que tratan de reparar es un perjuicio provocado a un tercero en el caso de que se produzca un accidente y se demuestre que el conductor del coche es culpable.

En Derecho, se denomina responsabilidad extracontractual a esa situación en la que el perjuicio se cause sin que entre el causante y el perjudicado haya una relación contractual, o que el daño no pueda derivarse de un incumplimiento de lo pactado por ambos.

Según el artículo 1902 del Código Civil, “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Los accidentes de tráfico son un claro ejemplo de este tipo de responsabilidad.

 

Perjuicios por accidente de tráfico

En un siniestro, los perjuicios por accidente de tráfico se diferencian de los daños en que, mientras el daño se puede cuantificar como un gasto que tenemos que hacer como consecuencia de un accidente, el perjuicio tiene más que ver con lo que dejamos de percibir por causas directamente relacionadas con ese mismo siniestro.

Por ejemplo, un perjuicio que puede sufrir cualquier víctima de un accidente es la reducción en el sueldo que sufre cuando está de baja. Esta rebaja se aplica a las nóminas correspondientes al tiempo que un lesionado no puede ir a trabajar y en las pagas extra. Esta sería una situación de lucro cesante causada por un accidente, un perjuicio patrimonial que el Baremo de Accidentes incluye entre sus tablas de indemnizaciones.

 

Tipos de perjuicios indemnizables

Con la reforma del Baremo, se establecieron tres tipos de perjuicios con derecho a indemnización, en función del origen y la gravedad del menoscabo generado por el accidente.

Perjuicios personales

Pueden ser básicos, cuando se ciñen a cuantificar los días de baja médica necesarios para la recuperación del lesionado; o particulares, que se producen en el momento en que hay una pérdida de la calidad de vida como consecuencia de los daños sufridos en el accidente.

Perjuicios morales

Se refiere a las consecuencias psicológicas que puede tener un accidente en el lesionado, tras ser confirmadas por un psicólogo o psiquiatra especialista.

Perjuicio patrimonial

Cuantifica el menoscabo económico que ha supuesto el accidente para la víctima.

 

Asesoramiento en indemnizaciones para reclamar al seguro

En la reclamación de la indemnización, se deben tener en cuenta los perjuicios generados para los lesionados y para el resto de perjudicados por las consecuencias de un accidente. Además, es importante aportar la documentación que acrediten esas pérdidas provocadas por el siniestro en la negociación con la aseguradora o, si fuera necesario, en los tribunales.

Por eso, a los lesionados y a sus familias siempre les aconsejamos que un abogado con experiencia en accidentes les dé asesoramiento en indemnizaciones a la hora de calcular la indemnización que tienen derecho a reclamar a la aseguradora.

Estos expertos les aconsejarán a la hora de acreditar adecuadamente los daños y perjuicios generados, y determinar la cuantía que el Baremo ofrece como indemnización. Si se encuentra en esta situación, quizá podamos ayudarle: contacte con nosotros y hablaremos de su caso.

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